Declaración sobre Futuras Generaciones: Texto revisado

Por Javier Surasky-

 

El 9 de septiembre, los representantes permanentes ante la ONU de los Países Bajos y Jamaica, cofacilitadores del proceso de negociaciones de la Declaración sobre las Futuras Generaciones (DFG), enviaron una carta al presidente de la Asamblea General resumiendo su trabajo y presentando un “texto revisado” de la DFG.

En su comunicación, los cofacilitadores explican que la tercera revisión del texto (Rev.3) de la Declaración fue puesta bajo procedimiento de silencio, quebrado sobre varios párrafos por “algunas delegaciones y un grupo”. Sobre la base de consultas posteriores, el texto revisado de la DFG se presenta como el resultado de “nuestros mejores esfuerzos por llegar a un consenso”.

Esta afirmación está acompañada de 2 aclaraciones:

1.    La indicación de falta de consenso en torno a “un número limitado de párrafos”, que lleva a los cofacilitadores a informar que “una delegación mantiene sus preocupaciones sobre los párrafos 15 y 22, mientras que otra delegación mantiene sus preocupaciones sobre el párrafo 25, así como sobre el párrafo 32 en su forma enmendada”.

2.    El llamado de atención respecto a los párrafos 22, 26 y 29, ya que estos incluyen elementos que siguen bajo negociación en el marco de la construcción del Pacto para el Futuro, y por tanto “el resultado de estas deliberaciones podría tener consecuencias para el lenguaje actual de la Declaración sobre las Generaciones Futuras”.

El texto revisado de la Declaración incluye modificaciones en sus capítulos sobre compromisos (párrafos 22, 26, 27, 29, 32) y acciones (párrafo 37). En el chapeaux de la sección sobre principios rectores hay una modificación absolutamente menor al incluir la palabra “rectores” antes de “principios”, asunto puramente formal al que no daremos más atención. A fin de facilitar su identificación por el lector destacamos en color rojo las eliminaciones de texto y el color azul las incorporaciones.

En materia de compromisos:

El párrafo 22 refiere a la promoción de la paz y la seguridad, expresando la promesa de “promover la estabilidad, la paz y la seguridad internacionales, incluso impulsando firmemente nuestros esfuerzos para lograr el objetivo de un mundo libre de armas nucleares [en la Rev.3 de la DFG decía “incluso mediante la búsqueda de un mundo más seguro sin armas nucleares”] donde los conflictos y las crisis se resuelvan por medios pacíficos.”

El párrafo 26 se enfoca en la preservación y respecto de la diversidad cultural. En el texto revisado sus contenidos se expanden incluyendo una nueva mención a la restitución internacional de propiedades de valor cultural y resaltando la necesidad de proceder conforme a derecho, estableciendo el compromiso de “honrar, promover y preservar la diversidad cultural y el patrimonio cultural, así como los idiomas, los sistemas de conocimiento y las tradiciones, y fomentar el diálogo intercultural e interreligioso, incluso mediante la sensibilización sobre la importancia que asignan los países de origen a la devolución o restitución de los bienes culturales que tienen para ellos un valor espiritual, histórico y cultural fundamental, de modo que puedan constituir colecciones representativas de su patrimonio cultural, y el fortalecimiento de la cooperación internacional para la restitución a los países de sus bienes culturales, de conformidad con las convenciones internacionales y la legislación nacional, cuando corresponda, reconociendo que ello garantizará el entendimiento mutuo, la tolerancia y la inclusión”.

Con estas modificaciones, el compromiso se fortalece por segunda vez, ya que su formulación había sido reforzada también en la Rev.3.

El párrafo 27 tiene como eje a los pueblos indígenas y es una buena muestra del esfuerzo de redacción realizado por los cofacilitadores para satisfacer a todas las posiciones. Expresa en compromiso de “reconocer, promover y proteger los derechos de los pueblos indígenas, sus territorios, tierras y ecosistemas, salvaguardando sus tradiciones, creencias espirituales y conocimientos ancestrales, fortaleciendo sus distintas instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales y culturales, al tiempo que se conserva su derecho a participar plenamente, si así lo deciden, en la vida política, económica, social y cultural del Estado y se garantiza su derecho a participar en la adopción de decisiones en asuntos que afecten a sus derechos. La Rev.3 se limitaba a la garantía de participación en la toma de decisiones, pero a cambio no expresaba la actual limitación que implica la fórmula “en asuntos que afecten sus derechos”.

El párrafo 29 expresa compromisos en un tema siempre complejo para las negociaciones: la protección ambiental. Los cambios en este párrafo son básicamente de redacción, moviendo la referencia al cambio climático y la justicia ambiental del inicio al final del párrafo. La principal modificación que resulta de ello es que mientras en la Rev.3 se hablaba de “priorizar” la acción para enfrentar los desafíos climáticos, el cambio climático y sus impactos adversos, ahora la única referencia asociada a “priorizar” es la de hacer frente a los desafíos ambientales, mientras que “se reafirma la importancia de acelerar la acción” en materia de lucha contra el cambio climático y sus efectos adversos. Se mantienen en el párrafo las menciones que hacía la Rev.3 al principio de responsabilidades comunes pero diferenciadas y a la justicia climática “destacando la importancia que algunos” le otorgan a esta.

El párrafo 32 sobre cooperación en materia migratoria entre países de origen, tránsito y destino de personas migrantes, señala ahora que esa cooperación tendrá lugar “incluso mediante la mejora de la disponibilidad y flexibilidad de vías para la migración regular [en la Rev.3 “incluso mediante la expansión de las vías”], reconociendo al mismo tiempo la contribución positiva de los migrantes al crecimiento inclusivo y al desarrollo sostenible”

En materia de acciones

El único cambio relacionado con acciones aparece en el párrafo 37 referido al fortalecimiento de los sistemas de cuentas nacionales y global y la utilización de medidas de desarrollo que vayan más allá del PIB. La modificación se refiere a este último elemento, ya que ahora se alienta el uso de medidas de desarrollo sostenible que complementen y vayan más allá del PIB, cuando la Rev.3 hacía referencia a utilizar esas medidas. El grado de la acción comprometida queda, en consecuencia, reducido.

 

Como resultado encontramos que el texto revisado no introduce cambios en 16 párrafos cuya actual formulación fue observada por Estados miembro al considerar la Rev.3 de la DFG (párrafos 2; 3; 9; 13; 15; 16; 17; 24; 25; 28; 30; 33; 34; 35; 37; 38. Más información aquí).

Este cuadro de situación nos lleva a reafirmar lo que dijimos en un post anterior analizando el texto revisado del Pacto Digital Global: quedan demasiados los temas sin resolver en el camino hacia la adopción de la Declaración sobre las Generaciones Futuras. La posibilidad del consenso aparece lejana. Lo que seguirá posiblemente sea dejar los temas más complejos para ser resueltos en una futura reunión (¿La segunda Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social de 2025?) y la adopción de un DFG débiles por falta de consenso, seguida de acusaciones cruzadas entre diferentes países y grupos de países por la intransigencia negociadora que cada uno identificará en los demás.

La oportunidad de construir futuro parece quedarle demasiado grande a nuestros líderes actuales.